Esta semana, junto a mi esposa y mi hija, fuimos al cine, a apreciar el gran documental peruano “La Revolución y la Tierra”
Es tan importante considero ver este documental, porque es un hito histórico de nuestra historia, donde miles de personas recobraron su dignidad y que según el documental, fue también una gran "revolución laboral", por cuanto, se saco del servilismo, a miles de personas, porque eso de compensar el trabajo, con la entrega por parte del hacendado, de una pequeña parcela de terreno al “indio” (que se les llamaba a todo trabajador de las tierras, ya que posteriormente con Velasco se les llamo “campesinos”) era el “pago” por su trabajo, que el hacendado le entregaba a dicha persona.
No pienso hacer un análisis político, sociológico o de posición sobre la reforma agraria del General Velasco, porque cada uno puede definir la posición de estar de acuerdo o no con dicha etapa histórica; lo que no queda duda, es que es, un hecho histórico, razón por el cual, me centrare a analizar, la frase usada en este documental que también la Revolución del General no solo fue agraria, sino también fue una REVOLUCION LABORAL.
Es preciso señalar que en una relación laboral, es necesario que haya tres elementos, como es, la prestación laboral de manera personal, la subordinación y la remuneración; así en la esclavitud, primero y en el servilismo después, donde se reconoce y se cumple los dos primeros elementos; sin embargo, la remuneración no era otorgado con el pago por el uso de la fuerza de la persona, sino con la entrega, por el uso de su fuerza, de una parcela de tierra; esta condición contractual que definen muchos, como una manera camuflada de ocultar una verdadera esclavitud moderna, fue llamada SERVILISMO. Este hecho, sucedía en el Perú de una manera vergonzosa, hasta finales de los años sesenta del siglo pasado.
Sorprende que el Gobierno del General Velasco, que toma el poder en 1968 mediante un golpe de Estado, a un gobierno elegido democráticamente, como lo fue el gobierno del Arq. Fernando Belaunde Terry, haya sido quien mediante su revolución, haya eliminado por decir así, el servilismo en nuestro país y haya reconocido como ciudadano, a millones de personas, por cuanto, ahora el requisito para votar bastaba con solo tener 18 años de edad..
Ahora bien, este reconocimiento del estatus de ciudadano, además de reconocer el derecho de millones de personas de poder votar, solo teniendo como único requisito ser mayor de 18 años y no como era anteriormente, que era necesario saber leer y escribir para poder votar, marca un hito histórico en nuestro país, por cuanto se elimina en las haciendas definitivamente el servilismo, donde todos estos campesinos pasan a ser ahora trabajadores; es decir, su fuerza de trabajo, debía ser compensado por un pago en dinero y con excepción o mínimamente en especie, para disponer y hacer a su libre disponibilidad, lo que ellos deseen, con dicho pago en dinero. Este pago en dinero, por la fuerza de trabajo, marca para millones, en dejar el servilismo, razón por el cual, se reconoce en este documental fabuloso, la “REVOLUCION LABORAL”.
Es importante precisar, que en nuestro Ordenamiento Jurídico, recién con Ramon Castilla en la Constitución de 1860 (artículo 17º) encontramos una norma en defensa por llamarlo así del derecho al trabajo, al prohibir la esclavitud; prohibición expresa que se mantuvo hasta 1920 - haciendo referencia que en este lapso, entro en vigencia de manera efímera la Constitución de 1867, que tuvo vigencia desde el 29 de agosto de 1867 hasta el 06 de enero de 1868 -, año en que se promulga la Constitución de 1920 y reconoce algunos derechos laborales, sin dejar de lado, que las relaciones laborales estarían bajo el enfoque liberal y guiadas por normas civiles; con la Constitución de 1933 que reconoce con un poco de mayor énfasis las relaciones laborales, pensando siempre en los obreros y empleados; no siendo un reconocimiento amplio de las verdaderas relaciones laborales, como las que sucedían en las haciendas, donde antes de la Revolución del general Velasco, los campesinos como se les reconoce ahora, eran llamados "indios".
La historia nos ha demostrado, que los grandes derechos laborales, se han conseguido mediante luchas sindicales o mediante obtención de derecho en gobiernos democráticos, pero la paradoja del gobierno militar - no democrático - del General Velasco y posteriormente en su etapa final, por el General Bermudez, que no solo rompió el servilismo en las haciendas, sino que reconoció muchos derechos laborales y de gran importancia, que habían sido postergado por los gobierno de los “buenos”; por tanto, pasamos a describir algunos de los derechos laborales - previsionales que se reconocieron desde 1968 a 1979, periodo del régimen militar que gobernó nuestro país.
Decreto Ley 18471 de fecha 10 de noviembre de 1970 Ley de la Estabilidad Laboral
Decreto Ley 19846 de fecha 27 de diciembre de 1972 Ley de la Caja de Pensiones de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Decreto Ley 19990 de fecha 01 de mayo de 1973 que crea el Sistema Nacional de Pensiones
Decreto Ley 20530 de fecha 27 de febrero de 1974 que crea la Cédula Viva o pensiones para cierto grupo de trabajadores
Decreto Ley 22126 de fecha 23 de marzo de 1978 que modifica la Ley de Estabilidad Laboral
Estos derechos, aunque polémicos en su oportunidad como fue el derecho a la estabilidad laboral, los D. Leyes 19990 y 20530, que posteriormente fue elevado a rango constitucional, en la Constitución de 1979. La Constitución de 1993 elimino la estabilidad laboral y a inicios de este siglo, en diciembre del 2004, el Congreso modifico la Constitución de 1993, para eliminar el principio que amparaba a los Decretos Ley 19990 y 20530 que se encontraban protegidos con la teoría de los derechos adquiridos, siendo ahora modificados por leyes que restan los grandes beneficios que tenía el D.L. 20530
En este sentido, normas expedidas durante el gobierno militar, de trascendencia social y también laboral previsional, como son los regímenes de pensiones de las fuerzas armadas, del Sistema Nacional de Pensiones y aun, de personas bajo el D. Ley 20530, ya que ésta última norma se encuentra en extinción, porque con la modificación, se ha cerrado este tipo de régimen pensionario, marca un fundamento para decir que efectivamente el gobierno militar encabezado por el general Velasco, fue una REVOLUCION LABORAL, por ser una revolución social, sin la violencia que caracteriza los cambios y que llevo al reconocimiento, de miles de personas, de sus derechos laborales, porque se paso del servilismo a una relación laboral, por cuanto se exiíia que por la prestación de tus servicios, en este caso físico y existiendo subordinación, la contraprestación deba ser mediante el pago en dinero.