miércoles, 2 de diciembre de 2020

ELECCIONES FEUDALES EN EL PODER JUDICIAL: ESTILO EDAD MEDIA





En Grecia, que es la cuna de nuestra cultura y donde surgio  la democracia, palabras que proviene del latín poder del pueblo. Esta forma de gobierno o de buscar representantes en Atenas, ella por el siglo VI antes de Cristo, consistía en elegir a un grupo de hombres que dirigieran a la comunidad y que los elegidos sólo debían ser los más preparados y con conocimientos suficientes, Sólon los llamo a estos hombre eruditos “los filósofos”



En la edad media, una época también del oscurantismo cultural, no existieron democracias basadas en la igualdad de derechos como en Atenas, lo que existía en esta época de la edad media, eran “democracías” basadas en reuniones en cofradías, colegio de electores imperiales, colegio de cardenales y cabildos catedralicios. No participaban en esta elección, los que iban a ser subordinados, es decir el pueblo - la plebe -, sino sólo los Obispos, Príncipes, Duques, Marqueses, Condes, Vizcondes y en alguna ocasión los Barones. Estos fueros medievales eran unos privilegios que gozaban unos cuantos, esta oligarquía de ciudadanos que podía elegir y ser elegidos, no nacía de un derecho como personas sino por el privilegio otorgado por el Rey. No olvidemos que los llamados a ser gobernados eran la plebe que podía ser militares, clero bajo, comerciantes, profesionales liberales.


En esta época medieval, también empezó a tener fuerza la Regla Mayoritaria, una regla que al menos fue considerado algo más “eficaz” en comparación a otras reglas de elección como eran el sorteo, la sucesión, la cooptación o la apelación al espíritu santo; dado por la Iglesia como una forma de dar mayor “legitimidad” la elección.  


En nuestro país, en la Corte Suprema y así como en las 35 Cortes Superiores del país, tendrán que elegir como cada dos años, al Presidente de la Corte Suprema y Presidente de cada Corte Superior, elección que por ley, se debe de realizar  el primer jueves de diciembre, cada dos años.


Mañana jueves, acudirán al “feudo judicial”, “sólo los que tienen derecho a elegir y ser elegidos” o mejor dicho lo que pueden votar; en el caso de la Corte Suprema, serán los 14 Vocales Supremos (aclarando que existen 4 vacantes por cubrir con titulares) y que en la edad media serían como los  Príncipes, que por ley son 18 Supremos elegirán al Presidente de la Corte Suprema, sólo esperemos que no suceda como hace dos años, que el elegido como Presidente, salió  elegido con seis votos, menos votos, que la suma total de votos viciados y nulos que hacían ocho votos; nos preguntamos, tenía mayoría de los votos  o tenía legitimidad su elección?





En la Cortes Superiores, los llamados a “elegir y ser elegidos” serán sólo los Jueces Superiores y en comparación a la edad media podrían ser llamados los “Duques y Duquesas”; por tanto,  los jueces especializados y jueces de paz letrados, no tiene este privilegio derecho de elegir y ni ser elegidos, pero si están obligados a ser “gobernados y asumir sus decisiones no jurisdiccionales que acuerden” los elegidos, como ser parte de una Sala, ser promovido, designados a puestos no jurisdiccionales entre otras deberes obligados con ciertas excepciones a acatarlas.


Unos de los grandes pensadores italianos de los últimos tiempos Umberto Eco ha escrito un artículo “La Edad Media ha comenzado ya” y así como otros pensadores, señalan que las oligarquías, toman las decisiones de gobernar como un grupo privilegiado, hecho que no ha sido desterrada y podríamos decir, con referente a las características o formas de elección en nuestras Cortes, que se mantiene como en la  Edad Media, donde unos cuantos tiene sólo el derecho a elegir y ser elegidos.


Estas elecciones a llevarse  a cabo el día de mañana, hasta la fecha no se conoce a los candidatos, cual es su plan de trabajo de llegar a ocupar la Presidencia de la Corte Superior, con excepción de los dos candidatos a la Presidencia de la Corte Superior del distrito judicial de La Libertad; por cuanto,  conociendo a los candidatos, que van a ocupar un cargo no jurisdiccional sino más ejecutivo, es oportuno conocer su hoja de vida, su declaración de bienes, antecedentes disciplinarios entre otros temas de interés no soló de los que van a ser “gobernados” sino para los ciudadanos a quien se administrará justicia


Es importante tener presente que el sistema de elección que funciona sólo en el Poder Judicial, donde sólo pueden elegir unos cuantos magistrados que tiene el derecho de elegir y ser elegidos, situación que no sucede en los otros poderes de Estado como en el Poder Ejecutivo y Legislativo; con esto tampoco sería oportuno que en el Poder Judicial lo elijan todos los ciudadanos, sino que sean los magistrados sin distinción alguna y que los requisitos a ser elegidos, se señalan que podían ser elegidos sólo los que son Vocales Supremos o Superior, con cierta cantidad de años etc.


Existe un proyecto de ley N° 3430/2018-PJ del años 2018 que señala que el voto universal de todos los jueces superiores titulares debería considerarse al momento de elegir al presidente de la Corte Suprema y del Poder Judicial. Este proyecto que fue aprobado por el Pleno de la Corte Suprema debería ser analizado y respetar el derecho universal que tiene todo ciudadano y en este caso magistrado de elegir. No podemos restringir derechos, no estamos en la edad media que los derechos eran privilegios,estamos en una sociedad donde los derechos son inherentes a todos. Es hora de debatir este cambio y siempre en mejora de un mejor servicio a la comunidad y bajo los parámetros de respeto de los derechos de los demás.










1 comentario:

  1. muy buen enfoque .. no estamos en la edad media que los derechos eran privilegios, estamos en una sociedad donde los derechos son inherentes a todos,, me qudo con esto

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