lunes, 3 de marzo de 2025

Derecho Laboral y Corrupción: ¿Debe la Concesión en Olmos Renovarse o Cambiar de Manos?

La historia está llena de ejemplos de casos de corrupción tanto en el sector público como en el empresarial. Cabe preguntarnos: ¿acaso los Estados han desaparecido? En el caso de las empresas, la respuesta es más clara: muchos han desaparecido, arrastrando consigo millas de empleos, mientras que otras han logrado reformarse, manteniendo su operatividad y garantizando la estabilidad de sus trabajadores.


Como mencioné, la historia ofrece numerosos casos, pero me centraré en tres que considero emblemáticos: Enron, Siemens y Volkswagen. Estos casos nos dejan valiosas lecciones sobre las consecuencias de la corrupción. Considero relevante mencionarlos en el contexto del debate en nuestra región sobre la renovación de la concesión de Olmos con una subsidiaria de la empresa Odebrecht.


En los últimos días, los peruanos hemos tomado conocimiento de que el contrato de concesión con la empresa subsidiaria de Odebrecht vence en septiembre de este año, y las posiciones al respecto están divididas. Un sector plantea recuperar la concesión para el Estado y sacarla a licitación de inmediata, mientras que sus opositores advierten que esta transición podría afectar el empleo de millas de trabajadores y la operatividad del servicio de agua. Por otro lado, otro grupo apoya la inscripción de una adenda para continuar con las correcciones necesarias y establecer nuevas condiciones contractuales que permitan beneficiar a más tierras de riego y aumentar la capacidad de almacenamiento del recurso hídrico.


Considero que este breve análisis de los tres casos mencionados puede ayudarnos a comprender mejor la decisión sobre la renovación o no de la concesión en Olmos, así como el equilibrio entre la lucha contra la corrupción y la protección del derecho al trabajo.


Enron es un ejemplo emblemático de cómo la corrupción puede llevar al colapso de una empresa. A inicios del siglo XXI, era una de las mayores compañías energéticas del mundo, hasta que se descubrió que había inflado artificialmente sus ganancias mediante un fraude contable masivo. En 2001, la empresa colapsó de manera fulminante, dejando sin empleo a más de 20,000 trabajadores y afectando los fondos de pensiones de millas de inversionistas. Este caso evidencia cómo la corrupción puede hacer inviable la continuidad de una empresa: no había un modelo de negocio real detrás de las cifras maquilladas y, cuando la verdad salió a la luz, la compañía simplemente no pudo sostenerse.


En 2008, la prestigiosa empresa alemana Siemens se enfrentó a uno de los mayores escándalos de corrupción de la historia moderna, tras descubrirse que había pagado millones en sobornos para obtener contratos en todo el mundo. A diferencia de Enron, Siemens no colapsó, sino que adoptó una estrategia distinta para enfrentar la crisis:

a) Aceptó su responsabilidad y cooperó con las investigaciones.
b) Implementó un sistema de cumplimiento y transparencia.
c) Mantuvo la operatividad de la empresa, protegiendo los empleos de millas de trabajadores.


Hoy, Siemens sigue siendo un líder en tecnología e innovación, demostrando que una empresa con antecedentes de corrupción puede reformarse si establece controles rigurosos y compromete su gestión con la ética y la transparencia.


En 2015, la empresa Volkswagen protagonizó el escándalo del Dieselgate , cuando se descubrió que había manipulado las pruebas de emisiones contaminantes en sus vehículos. Las consecuencias fueron varias:


a) Multas millonarias y sanciones regulatorias.

b) Pérdida de credibilidad y renuncias en la alta dirección.

c) Reestructuración del negocio con un giro hacia la movilidad eléctrica.


A pesar de la crisis, Volkswagen no desapareció, sino que la utilizó como un punto de inflexión para redirigir su estrategia. En lugar de limitarse a pagar las sanciones, optó por invertir en tecnología limpia y garantizar la estabilidad de sus trabajadores, demostrando que una empresa puede reinventarse tras un escándalo si toma medidas correctivas y apuesta por la innovación.


En los últimos días en Lambayeque, se viene debatiendo si  la subsidiaria de Odebrecht y la concesión en Olmos nos coloca ante un dilema clave: ¿se debe permitir la continuidad de una empresa con antecedentes de corrupción si garantiza estabilidad y empleo, o es preferible asumir el riesgo de una transición incierta? Los ejemplos de Enron, Siemens y Volkswagen nos enseñan que no toda empresa corrupta está condenada a desaparecer. Mientras Enron colapsó sin remedio, Siemens y Volkswagen lograron reformarse y seguir operando bajo estrictos controles. La clave no es solo castigar el pasado, sino garantizar que el futuro de Olmos esté marcado por la transparencia, la estabilidad y el respeto al derecho al trabajo de miles de peruanos.


Con respecto a la primera posición, que plantea recuperar la concesión para el Estado y luego volver a licitarla, se argumenta que esto permitiría un mayor control sobre la administración del proyecto. Sin embargo, la gestión pública ha demostrado ser lenta e ineficiente en varios casos, y lo más preocupante es que el Estado no siempre actúa como un buen empresario. De concretarse esta opción, podría generarse un vacío operativo y, lo más crítico, dejar a los trabajadores en incertidumbre mientras se define una nueva licitación.


Por otro lado, la segunda posición propone renovar la concesión con nuevas condiciones, lo que garantizaría la continuidad del empleo y del servicio. No obstante, esta opción exige la implementación de mecanismos de supervisión estrictos para evitar la repetición de actos de corrupción. Además, al encontrarse en etapa de negociación, sería clave incluir cláusulas de rescisión en caso de incumplimiento, asegurando así un mayor control y transparencia en la gestión del proyecto


Ambas opciones tienen pros y contras, pero el peor escenario sería una transición mal planificada, que ponga en riesgo tanto la estabilidad laboral como la operatividad del proyecto.


Considerar los casos de Enron, Siemens y Volkswagen nos enseñan que la corrupción empresarial no siempre significa el fin o rechazo de una empresa, pero sí exige respuestas claras, como si  la empresa está completamente basada en corrupción (Enron), en este caso la empresa fue desmantelada, pero si las empresas tienen la capacidad de reformarse (Siemens, Volkswagen), se pueden establecer condiciones para su continuidad.


Con respecto al caso de Olmos, la solución no debe limitarse a una simple renovación de la concesión, como aparentemente ocurrió en años anteriores, sino que debe incluir mejoras y correcciones que garanticen el mantenimiento de millas de puestos de trabajo y beneficiarios a más agricultores, tal como lo ha señalado el gobernador de Lambayeque en su pronunciamiento en redes sociales. Al mismo tiempo, tampoco debe optarse por una estatización improvisada, como sugieren algunos sectores que, a mi parecer, carecen de argumentos sólidos y desconocen experiencias relevantes en el ámbito empresarial.


La mejor alternativa es una concesión con una reforma estructurada que garantice transparencia y tenga como prioridad la protección del empleo de millas de trabajadores.


Desde un enfoque laboral, la clave radica en la implementación del compliance empresarial y en el establecimiento de un marco regulador sólido. Tomando como referencia las experiencias citadas, es fundamental exigir auditorías y mecanismos de control permanentes que aseguren la estabilidad laboral, el pago oportuno a los trabajadores y eviten que el Estado asuma un proyecto sin planificación adecuada, lo que podría afectar la operatividad del servicio.


Finalmente, después de lo escuchado y leído en los últimos días, considero que el futuro de Olmos no debe definirse desde posturas extremas. La concesión puede continuar con la subsidiaria de Odebrecht, pero bajo un esquema de supervisión y transparencia que impida la repetición de los errores del pasado. Al final, el desafío no es solo combatir la corrupción, sino hacerlo sin comprometer el desarrollo y el bienestar de miles de trabajadores de Lambayeque.


viernes, 29 de noviembre de 2024

𝐀𝐛𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨𝐬, 𝐂𝐨𝐥𝐞𝐠𝐢𝐨𝐬 𝐏𝐫𝐨𝐟𝐞𝐬𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬, 𝐂𝐚́𝐦𝐚𝐫𝐚 𝐝𝐞 𝐂𝐨𝐦𝐞𝐫𝐜𝐢𝐨, 𝐥𝐚 𝐚𝐜𝐚𝐝𝐞𝐦𝐢𝐚 𝐲 𝐨𝐫𝐠𝐚𝐧𝐢𝐳𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐩𝐨𝐥𝐢́𝐭𝐢𝐜𝐚𝐬: 𝐀𝐥𝐢𝐚𝐧𝐳𝐚 𝐄𝐬𝐭𝐫𝐚𝐭𝐞́𝐠𝐢𝐜𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐈𝐦𝐩𝐮𝐥𝐬𝐚𝐫 𝐞𝐥 𝐃𝐞𝐬𝐚𝐫𝐫𝐨𝐥𝐥𝐨 𝐋𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐋𝐚𝐦𝐛𝐚𝐲𝐞𝐪𝐮𝐞

El proyecto Lambayeque 2040, impulsado por el Gobierno Regional, representa una oportunidad única para transformar nuestra región en un centro de desarrollo estratégico para el norte del país. Obras emblemáticas como el Puerto Eten y la Vía del Sol son fundamentales para posicionar a Lambayeque como un eje logístico y comercial que no solo retendrá el valor de nuestra producción, sino que conectará a regiones como Loreto, San Martín, Amazonas, Cajamarca e incluso Brasil, dinamizando nuestras economías y abriendo nuevas oportunidades de inversión.




 

Los colegios profesionales, tienen un rol trascendental en la ejecución de este plan. Su capacidad para aportar conocimiento técnico, promover la investigación y generar propuestas innovadoras garantiza que las obras estratégicas se desarrollen con altos estándares de calidad. Además, como instituciones que representan a diversos sectores profesionales, los colegios tienen la legitimidad para articular esfuerzos y fortalecer el impacto social de Lambayeque 2040, asegurando que sus beneficios lleguen a todos los ciudadanos.







La Cámara de Comercio de Lambayeque, es un eje central en la concreción de proyectos estratégicos. Su liderazgo permite movilizar al sector empresarial, atraer inversiones y generar confianza en el mercado. La Cámara actúa como un puente entre emprendedores y grandes empresas, potenciando la competitividad y asegurando que Lambayeque se posicione como un referente económico en el norte del país. Su papel es clave para integrar la producción local con los mercados internacionales, impulsando la sostenibilidad económica y social.


El Colegio de Abogados de Lambayeque, como representante de una de las profesiones más influyentes, tiene una responsabilidad singular en este proyecto. Su rol como garante de la seguridad jurídica es esencial para crear las condiciones legales que permitan atraer inversiones y asegurar el éxito de obras como el Puerto Eten y la Vía del Sol. Más allá de este ámbito técnico, el Colegio puede liderar desde lo social, fomentando alianzas estratégicas y promoviendo un marco regulatorio que impulse el desarrollo. El próximo Decano tendrá la oportunidad de posicionar al Colegio como un actor clave en la transformación regional, demostrando que los abogados son líderes comprometidos con el progreso de Lambayeque.


Las universidades, tanto públicas como privadas, son pilares fundamentales en la construcción del proyecto Lambayeque 2040. Estas instituciones no solo forman a los profesionales que liderarán el futuro de la región, sino que también aportan investigación, innovación y soluciones técnicas que pueden transformar ideas en realidades tangibles. Desde las ciencias económicas hasta la ingeniería y las ciencias sociales, la academia tiene la capacidad de analizar, proponer y ejecutar estrategias que fortalezcan los pilares de desarrollo regional. Las universidades, al integrarse en este esfuerzo colectivo, aseguran que los proyectos emblemáticos como el Puerto Eten y la Vía del Sol estén respaldados por conocimiento sólido y visión de largo plazo.

 

Los partidos políticos y las organizaciones políticas tienen un rol esencial en el éxito de proyectos estratégicos como los que plantea Lambayeque 2040. Estas entidades, cuando actúan con visión de estadista, son capaces de canalizar la voluntad popular y transformarla en decisiones políticas que beneficien a la región. Su capacidad para generar consensos, articular intereses y priorizar el bien común es determinante en la ejecución de obras que cambiarán el destino de Lambayeque. La política, como herramienta para gestionar los recursos del Estado, debe estar al servicio de la región, demostrando que la cooperación y la visión de futuro pueden superar cualquier obstáculo.

 

Estas alianzas estratégicas son las que transformarán Lambayeque 2040 de un plan visionario a una realidad tangible. La sinergia entre los gremios profesionales, el empresariado, la academia, las organizaciones políticas y el Gobierno Regional es el camino para concretar proyectos que no solo cambiarán el rostro de nuestra región, sino que fortalecerán su economía y la posicionarán como un referente de desarrollo en el norte del Perú.

 

Extiendo una invitación especial a los gremios profesionales, liderados por su Decana, Lic. Rosa Chambergo, al Presidente de la Cámara de Comercio de Lambayeque, Mag. Olivio Huancaruna, y, en particular, al nuevo Decano del Colegio de Abogados que resulte elegido, a sumarse activamente a este proyecto. Solo con unidad y compromiso podremos construir un Lambayeque próspero en beneficio de todos los lambayecanos y lambayecanas.

lunes, 19 de agosto de 2024

Corte Suprema determina que cesar docentes por cumplir 70 años en Universidades Privadas es ilegal




En un fallo reciente que ha generado un precedente importante en el ámbito académico, la Corte Suprema ha resuelto que los docentes de universidades privadas no pueden ser cesados por cumplir 70 años. Esta decisión marca un punto de inflexión en la interpretación de las normas laborales aplicables a las universidades privadas, especialmente en un contexto donde muchas universidades asociativas y con fines de lucro consideraban que la edad era un motivo legítimo para terminar la relación laboral de sus docentes.

 

Muchas universidades privadas han aplicado a su personal docente el régimen laboral del Decreto Supremo N.º 003-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 728. Este régimen regula la actividad privada y permite el cese laboral de los trabajadores al cumplir 70 años. Las universidades privadas justificaban esta práctica bajo el argumento de que los docentes debían seguir las mismas causales de despido que cualquier otro trabajador del régimen privado. Sin embargo, en la Región Lambayeque y otras partes del país, esta práctica ha sido objeto de demandas laborales que cuestionan su legalidad, demandando despidos fraudulentos y  remuneraciones dejadas de percibir bajo la figura de lucro cesante, así como el pago de indemnizaciones por daño moral. Finalmente, la Corte Suprema ha ratificado que esta práctica es ilegal.

 

Asi, la Cuarta Sala Suprema Constitucional, en la Casación N.º 17559-2021-Lambayeque, ha declarado que cesar a un docente universitario al cumplir 70 años en una universidad privada constituye un despido arbitrario en su forma fraudulenta. La sentencia establece que, en el año 2017, la normativa solo aplicaba este límite de edad a los docentes de universidades públicas, y no a las privadas. Actualmente, no existe límite de edad en las universidades públicas, aunque se requiere evaluar la capacidad de los docentes para continuar ejerciendo. La Sala además puntualiza que aplicar por analogía el las normas legales del régimen privado para justificar el cese de docentes en universidades privadas contraviene el derecho constitucional al trabajo.

 

La Corte Suprema también refuerza el criterio de que la Ley Universitaria actual (modificada por la Ley N.º 31542 en 2022) no establece un límite de edad para el ejercicio de la docencia universitaria en las universidades públicas como literalmente expresa, pero que tampoco precisa que se debe de cesar a los docentes en universidades privadas al llegar a los 70 años de edad. Por tanto, cualquier cese basado en la edad en el ámbito de las universidades privadas carece de sustento legal y abre la puerta a reclamos de reposición y compensación económica.

 

En el caso específico, tuvimos el privilegio de asumir la defensa de un docente de una universidad privada sin fines de lucro, quien fue cesado en agosto de 2017 por cumplir 70 años. Inicialmente, su demanda fue declarada infundada. Sin embargo, la Segunda Sala Laboral de Lambayeque revocó dicha sentencia y declaró fundada la demanda, lo que motivó a la universidad a interponer un recurso de casación. En la sentencia emitida que resolvió la Casación, la Corte Suprema no solo ordena la reposición del docente, sino también el pago de todas las remuneraciones dejadas de percibir - como lucro cesante -  y una indemnización por daño moral.

 

Esta sentencia representa un hito en la defensa de los derechos laborales de los docentes de universidades privadas, porque considero que es un llamado a estas universidades, a reconocer que la edad de 70 años no constituye una causal justificada de cese. De persisitir en el cese por cumplir 70 años de edad, se incurriría en una vulneración de derechos fundamentales. Además, se destaca la necesidad de considerar la Ley Universitaria como el marco normativo principal, evitando interpretaciones que distorsionen los derechos laborales reconocidos.

 

Puedo considerar, que esta sentencia, sienta las bases para una protección igualitaria de los docentes universitarios en el ámbito privado, alineándose con tendencias internacionales, como la de la Corte Europea, que han comenzado a considerar que el cese basado en la “causal de la edad” y que está siendo considerado como un acto de discriminación, tal como lo establecio en dos sentencias históricas este Tribunal en los casos Mangold /  Kücükdevec, donde ha resuelto, que cesar a un trabajador por edad, es un acto de discriminación. 


Finalmente, como abogado en temas laborales, puedo afirmar que esta sentencia abre un camino relevante para la defensa de los derechos laborales en el sistema universitario, en un contexto donde el respeto a la dignidad y la igualdad son principios esenciales que deben ser resguardados.

  


miércoles, 12 de junio de 2024

EL AÑO SABÁTICO: Un derecho que tambien pertenece a los docentes universitarios contratados

 


Los docentes universitarios en las universidades privadas, al no gozar de su año sabático, dejan de percibir 12 meses de remuneraciones dedicadas a la investigación.


Hace muchos años que litigo en favor de más de un centenar de docentes universitarios. He sido defensor en temas de nivelación de remuneraciones, reclamos de vacaciones, bonos discriminatorios y sanciones desde despidos hasta suspensiones. Actualmente, en mi calidad de jefe de asesoría legal de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, observo que los docentes de esta universidad solicitan a las autoridades el cumplimiento del derecho al año sabático, reconocido por la ley universitaria. Este derecho es fundamental para buscar la excelencia, la investigación y la producción científica en favor de la sociedad, y para brindar una mejor calidad académica a los alumnos.


Es importante precisar que la Ley Universitaria N° 30220, en su artículo 80, establece que son docentes universitarios los ordinarios, los extraordinarios y los contratados, sin indicar restricción o excepción alguna respecto a los derechos de los docentes contratados, 

específicamente en relación con el derecho al año sabático.


En el sistema laboral universitario, que es un régimen especial regulado por la Ley 

Universitaria, el artículo 88 reconoce que el docente tiene derecho al año sabático con fines de investigación o de preparación de publicaciones por cada siete (7) años de servicios, así como a disfrutar de vacaciones pagadas de sesenta (60) días al año. Podríamos afirmar 

que todas las universidades privadas desde el año 2014, fecha de publicación de la nueva ley universitaria, cumplen con otorgar las vacaciones de 60 días a los docentes contratados. 


No hacerlo sería vulnerar la ley, lo cual es inaceptable y puede ser materia de reclamo por los docentes universitarios contratados.

Respecto al derecho al año sabático, en nuestra región, las universidades privadas ni siquiera lo mencionan en sus normas legales internas. Este es el caso del Reglamento de Docentes de la USAT, el Estatuto de la Universidad Señor de Sipán y tanto el Estatuto como el Reglamento de la Universidad César Vallejo. Este derecho, además de su carácter académico, es un derecho laboral, ya que el docente se dedica a investigar, que es uno de sus fines.


Bajo este enfoque, citando la prolija investigación del laboralista Javier Espinoza en su artículo “La Contratación Temporal de los Docentes Universitarios. Necesidad de un Reexamen desde la Constitución Peruana”, se señala que en el Perú, al año 2021, existían 63,601 puestos de docentes universitarios según SUNEDU, de los cuales más de 40,000 eran de universidades privadas. Queda por determinar cuántos de ellos han ejercido su 

derecho al año sabático, reconocido por la ley universitaria. Es probable que, cuando se trata de otorgar derechos por parte del empleador (universidad), no siempre se cumpla.


Este derecho que tienen los docentes universitarios, referido específicamente a los docentes contratados de las universidades privadas, es fundamental y no existe excepción alguna. Por lo tanto, para ejercerlo, los docentes deben presentar esencialmente los siguientes requisitos:


1. Solicitud dirigida al decano de su facultad para ser elevada al Consejo Universitario.


2. Ser docente universitario (ordinario o contratado).


3. Acreditar un récord laboral de siete (7) años o más de servicios académicos 

continuos prestados a la universidad.


4. Presentar un proyecto de investigación a desarrollar durante el año sabático o un 

plan de trabajo para la publicación de un libro, incluyendo un cronograma de trabajo.


5. Declaración jurada de dedicación exclusiva al proyecto de investigación o 

elaboración del libro durante el año sabático.


Si la universidad privada no cumple con otorgar este derecho, estaría vulnerando la ley universitaria, que es una ley especial en el ámbito laboral. Al ser un derecho académico y laboral, y en concordancia con el artículo 45 del D. Leg. 728, las relaciones laborales se rigen por esta ley especial. En tal caso, el trabajador puede acudir a SUNAFIL o ejercer su acción ante el Poder Judicial, donde los magistrados, en su rol de administrar justicia, deben hacer cumplir la ley, otorgando el derecho al año sabático a los docentes universitarios contratados de las universidades privadas.


Finalmente, como ocurre con muchos derechos en reclamo, el derecho al año sabático de los docentes universitarios contratados está respaldado por la ley, no reclamarlo es ignorar un derecho que también les pertenece.

martes, 7 de mayo de 2024

NO ES FÁCIL ESCUCHAR DE LA GENTE DECIR: ME HAN DESPEDIDO



Como abogado laboralista lo escucho todo el tiempo, siempre me encuentro frecuentemente con la dolorosa situación de escuchar a personas decir "me han despedido".  Esta frase, cargada de incertidumbre y preocupación, resuena constantemente en mi vida profesional, recordándome la importancia crucial de mi labor en la defensa de los derechos laborales.

 

Cada vez que un caso llega a mi despacho, ya sea representando a empleadores o trabajadores, me veo en la encrucijada de equilibrar los intereses legítimos de ambas partes, siempre dentro del marco de la ley y el respeto por los procedimientos establecidos.

 

Las palabras que suelen acompañar a un despido son variadas pero igualmente impactantes:

 

1.          "Lamentablemente, hemos decidido poner fin a nuestra relación laboral después de una cuidadosa evaluación."

2.          "Nos vemos en la obligación de comunicarte que prescindiremos de tus servicios en nuestra empresa, donde además tu puesto es de confianza."

3.          "Queremos informarte que no podremos renovar tu contrato laboral."

4.          "Debido a la situación actual, nos vemos en la necesidad de prescindir de tu talento y experiencia en nuestra organización."

5.          "Lamentamos informarte que tu periodo de prueba no ha sido exitoso y no podremos continuar con tu vinculación laboral."

 

Estas palabras no solo representan la terminación de una relación laboral, sino que también conllevan consecuencias emocionales y financieras significativas para el trabajador y, en ocasiones, para la empresa misma.

 

Hace unos años, durante una exposición en la Universidad de Costa Rica sobre las repercusiones del caso ODEBRECHT en las relaciones laborales, muchos se sorprendieron al descubrir cómo este escándalo de corrupción afectó directamente la estabilidad laboral de miles de personas en el funcionamiento de numerosas empresas en América Latina y especialmente en Perú.

 

Es esencial comprender que detrás de cada caso de despido hay historias individuales, circunstancias únicas y derechos que deben protegerse. Recientemente, hemos sido testigos de situaciones preocupantes, como el despido masivo y sin compensación por parte de una entidad financiera local, que señaló ante la SBS que al cierre de la empresa otorgaría a cada trabajador una indemnización, y sin embargo, al momento de desvincularlos, no cumplió con el monto comprometido con la supervisora de entidades financieras, o el despido de una docente universitaria simplemente por su cercanía al sindicato de una universidad privada que alega ser la primera de la región. Estos casos, claros ejemplos de despidos arbitrarios, subrayan la importancia de un sistema legal que proteja los derechos de los trabajadores.

 

Desde el cese masivo hasta los despidos discriminatorios, como el caso de la docente universitaria mencionada, mi labor como abogado laboralista va más allá de simplemente escuchar estas palabras; implica defender los derechos de los trabajadores, luchar contra la injusticia laboral y buscar soluciones equitativas para todas las partes involucradas.

 

Recientemente, la agencia calificadora S&P Global Ratings redujo la calificación crediticia de Perú de BBB a BBB-, citando la incertidumbre política que, según el comunicado oficial, está obstaculizando la capacidad del gobierno para implementar políticas económicas efectivas. Si esta tendencia continúa, es probable que aumenten los despidos y las disputas laborales, lo que generaría más controversias en el ámbito judicial.

 

Como abogado laboralista, es fundamental no solo atender las palabras "me han despedido", sino también es ideal brindar asesoramiento sobre cómo mejorar el clima laboral, cómo aumentar las remuneraciones sin generar sobrecostos, cómo buscar soluciones equitativas en los convenios colectivos y resolver controversias en las relaciones laborales, promoviendo así un entorno laboral más justo y armonioso. 

 

Es en este contexto que reflexiono sobre la importancia de un sistema legal justo y equitativo, políticas gubernamentales que promuevan la formalidad laboral e implementar una cultura de respeto de los derechos laborales, como parte de una visión de ser una sociedad mejor.

 

domingo, 31 de marzo de 2024

DESAFIOS Y OPORTUNIDADES: LA CRISIS DE TUMAN DESDE LA OPTICA LABORAL





Recientemente, tuve el privilegio de participar en un foro centrado en un tema de gran relevancia sobre la Ex Cooperativa Tuman, organizado por los Colegios Profesionales de Lambayeque. En este encuentro, todos los lambayecanos expresamos nuestro deseo de ver mejorada esta empresa, ya que representa una importante fuente de empleo para muchas familias y contribuye al crecimiento de la región. A continuación, comparto mis apuntes sobre esta importante reunión donde estuvieron presentes muchos especialistas en sus diferentes especialidades.


Ante la compleja situación que enfrenta la empresa agroindustrial Tumán, dedicada al cultivo de caña de azúcar, el cual debería diversificar, por cuanto los especialistas señalan que no es tan rentable este producto, es crucial abordar los problemas desde una perspectiva integral que incluya tantos aspectos legales como organizativos y financieros. Desde la perspectiva que puedo abordar y comentar, del derecho laboral, considero que es necesario establecer estrategias que protejan los derechos del inversionista asi como de los trabajadores, al mismo tiempo que contribuyan al reflotamiento de la empresa.


En ese sentido desde mi perspectiva como abogado en temas laborales, puedo sugerir algunas propuestas:


PRIMERO.- Posiblemente lo más importante, a fin de poder reflotar la empresa se necesita un buen empleador (inversionista) que tenga mínimamente el siguiente perfil:


  • Inversionista (Empleador) con fondos de inversión especializados en sectores agrícolas y con experiencia en reflotar empresas azucareras o agroindustriales. Este empleador debería venir con la experiencia de identificar y abordar problemas operativos y financieros en la empresa, aportando conocimiento de empresas en crisis, recursos financieros y una red de contactos para apoyar a la recuperación de la empresa.
  • Inversionistas (Empleador) con interés en el desarrollo regional y con visión a largo plazo, que esté dispuesto que el retorno de su inversión a largo plazo en lugar de buscar retornos rápidos.


SEGUNDO.- Es imprescindible regularizar los pagos atrasados, ya que es prioritario que la empresa cumpla con sus obligaciones laborales y pague las remuneraciones como los beneficios sociales adeudados a sus trabajadores. Esta medida no solo es vital para cumplir con la legislación laboral, sino también para elevar la moral y la motivación de los trabajadores.


TERCERO.- Será difícil pero necesario por parte de los trabajadores en una renegociación de los acuerdos colectivos, considerando el nuevo entorno y la importancia de mantener a flote la empresa, porque ningún pacto se ejecuta si los empleadores no cuenta con la liquidez necesaria; de este modo, se puede promover una nueva relación laboral colectiva para reducir los conflictos internos y promover un ambiente laboral más estable. Estos acuerdos podrían incluir medidas como dejar sin efecto algunos bonos y que se adaptan o condiciones más a bonos por productividad real, la creación de programas de capacitación y desarrollo para contar con personal calificado entre otros puntos que serán temas de debate.


CUARTO.- La implementación de políticas de seguridad laboral es de suma importancia, especialmente considerando el historial de enfrentamientos y fatalidades en la empresa. Priorizar la seguridad y la salud de los trabajadores es crucial. Al incorporar un nuevo empleador (inversionista), será necesario implementar medidas de seguridad en el lugar de trabajo, proporcionar capacitación en prevención de riesgos laborales y establecer protocolos para manejar conflictos de manera pacífica, en cumplimiento con la ley y en beneficio de todos los involucrados. 


QUINTO.- Es esencial llevar a cabo un Due Dillinger laboral o una auditoría laboral para evaluar y abordar los aspectos laborales de la empresa, con el fin de identificar posibles irregularidades, como el incumplimiento de normativas laborales o la participación en prácticas laborales ilegales. Esta acción permitirá corregir cualquier infracción legal y garantizar que las prácticas laborales de la empresa estén en conformidad con la normativa vigente.


SEXTO.- Implementar programas para optimizar los costos laborales se tornará inevitable en la búsqueda de cualquier nuevo empleador (inversionista). Por tanto, es esencial diseñar estrategias de reestructuración que minimicen el impacto en los trabajadores. Dichas estrategias podrían abarcar desde la reubicación en otros roles dentro de la empresa hasta la capacitación para adquirir nuevas competencias, e incluso la implementación de programas de retiro voluntario. No obstante, es importante tener en cuenta que en el contexto de mayores inversiones en proyectos agrícolas, la reducción del personal no es necesariamente viable. Esto se debe a la imperante demanda de mano de obra, como evidencia la escasez de trabajadores en zonas agroexportadoras del país. Esta situación, ante su escasez, conlleva a una presión alza en las remuneraciones de los trabajadores.


La colaboración activa de los trabajadores será fundamental para inspirar confianza en los inversores (empleadores) y materializar estas propuestas. Asimismo, esta participación será crucial para demostrar transparencia y compromiso con el proceso.